El futuro del decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei, en todo su contenido, quedó ahora en manos del juez de feria del fuero contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico. La próxima semana o a lo sumo en la segunda quincena de enero, el juez estaría en condiciones de decidir si suspende la vigencia del decreto o no. No solo resolviendo sobre la medida cautelar, sino sobre el fondo de las demandas que tramitan en el fuero.
Actualmente, se encuentra suspendido el capítulo laboral del DNU, es decir, los artículos que regulan los cambios en las condiciones para los despidos, el financiamiento de los sindicatos, las asambleas, el período de prueba y la licencia por embarazo, entre otros. Eso quedó suspendido hasta que se resuelva el fondo de la demanda y eventualmente falle la Corte.
La Cámara del Trabajo determinó la suspensión del DNU a partir de las causas que promovieron las dos centrales obreras: la CGT y la CTA que contaron con el voto de los jueces Alejandro Sudera y Andrea García Vior. Sudera está lejos del peronismo, que es mayoría en el fuero, donde los gremios tienen ascendencia. De hecho, Sudera tiene actividad en la lista Bordó de la Asociación de Magistrados, la más cercana a la ideas del liberalismo. Por eso suele quedar en minoría en sus votos. Ahora contó con el acompañamiento de García Vior, cercana al peronismo. Ambos llegaron a la Cámara hace dos años.
Los especialistas cuestionan que los fallos apuntan a que no se dirige contra un perjuicio concreto, sino abstracto, y que se dictaron cuando estaba planteado un conflicto de competencia. La CGT rechaza esas críticas. Otro asunto que se debate es si un trabajador despedido esta semana puede verse beneficiado por la suspensión del decreto o si debe pedir la inconstitucionalidad específicamente para su caso.
El abogado de la CGT que patrocinó la demanda, Pablo Topet, dijo a LA NACION que “la sentencia tiene alcance general y no es necesario que se plantee en cada caso individual”. La presidenta de la Asociación de Abogados Laboralistas Cinthya Benzion explicó a LA NACION que “si un trabajador hoy no está registrado y el empleador le dice ‘no venga más’, el trabajador debe intimarlo para que lo registren, y al mismo tiempo plantear la inconstitucionalidad del DNU 70, más allá de la vigencia de la cautelar”.
Estas medidas cautelares en principio no son apelables, porque “no son definitivas” para ser atacadas con un recurso extraordinario. Sin embargo, el gobierno anunció que el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, iba a presentarlo para tratar de que la Cámara se lo conceda y llegar así a la Corte de modo que el máximo tribunal resuelva sobre el DNU.
La Corte ya tiene en sus estrados una causa donde le plantearon la inconstitucionalidad del DNU. Lo hizo el gobernador de La Rioja Ricardo Quintela, pero la Corte dijo que lo iba a resolver en febrero.
Lo mas interesante es lo que está ocurriendo en el fuero contencioso administrativo federal, especializado en analizar la legalidad de las normas administrativas.
Allí, el juez que está de turno en las vacaciones de enero, Enrique Lavié Pico, habilitó la feria judicial contra la opinión del fiscal Miguel Ángel Gilligan. Lavié Pico, de 54 años, fue nombrado juez en 2007, pero viene con experiencia del juzgado Contencioso Administrativo y Tributario porteño de Elena Liberatori. Una vez en el contencioso administrativo federal mantuvo buenos vínculos con los camarista Sergio Fernández, de marcada influencia en el todo el fuero, y con Carlos Grecco. Ambos están de turno en esta feria judicial, para revisar sus fallos.
Lavié Pico sorprendió al mundo judicial y deshizo lo que había encaminado su colega Esteban Furnari antes del 29 de diciembre, que prometía dejar todo congelado hasta febrero. El juez Furnari había armado un proceso colectivo, de modo de concentrar en una megacausa todos los amparos presentados contra el DNU, las demandas laborales, las de los afectados por las cuotas de las prepagadas, o los que simplemente cuestionaban su constitucionalidad.
Ahora Lavié Pico desarmó esa acción colectiva, y envió cada demanda al juez donde se inició el caso: al laboral, al comercial, a la de San Juan, al de Lomas de Zamora, al de Mar del Plata o a los jueces de su propio fuero. Cada juez puede resolver su expediente y pueden florecer cautelares por todos lados.
Y decidió algo más: activó cuatro de las demandas donde se planteó la inconstitucionalidad del DNU y se reclamó que no se lo aplique. En esas cuatro demandas le dio traslado al Estado Nacional para que en tres días hábiles, que se vencen el 10 de enero, conteste al pedido de suspensión cautelar del decreto. Tras recibir esa respuesta, Lavié Pico quedará en condiciones de decidir.
No se detuvo ahí. En el caso original dio inicio a todos los reclamos planteados por el exdiputado Claudio Lozano y por el Observatorio del Derecho a la Ciudad. Le dio los tres días al Gobierno para que conteste el traslado de la cautelar, pero también le dio otros cinco días para que conteste el fondo de la demanda. Con estos plazos, Lavie Pico estaría en condiciones de resolver el caso, no solo sobre el capítulo laboral del DNU, sino sobre la vigencia y constitucionalidad de todo su articulado. Con un revés judicial el Gobierno debería recurrir a la Cámara Contencioso Administrativo Federal y en ultima instancia ante la Corte.
Al destrabar lo que había armado Furnari, Lavié Pico puede resolver y darle oportunidad a que se pronuncie antes de fin de mes la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo. Los jueces de feria de la Cámara son Sergio Fernández y Carlos Grecco. Un fallo de la Cámara podría darle una buena nueva al Gobierno, una decisión por la que pelea el procurador Rodolfo Barra, un avezado y conocido litigante en el fuero contencioso administrativo federal.