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El Gobierno convocó por primera vez al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil para revisar los montos vigentes

El Gobierno convocó este miércoles al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a una reunión el próximo 15 de febrero en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para revisar los montos que están vigentes desde diciembre de 2023.

La medida se oficializó a través de la Resolución 2024/27, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial y que llevó la firma de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

El objetivo de la reunión será tratar no sólo el Salario Mínimo, Vital y Móvil, sino también los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.

Se trata de una determinación que el oficialismo postergó durante los primeros meses de su gestión. Es que, en realidad, el Consejo del SMVM debió haber sido convocado en diciembre para definir los valores de los primeros meses de 2023.

Luego, se prometió convocarlo para los primeros días de enero, aunque poco después se fijó el llamado entre el 20 y el 30 de ese mes. Finalmente, enero concluyó sin novedades y la convocatoria recién llegó este miércoles. y después entre el 20 y 30 de este mes.

El Gobierno se reunirá el 15 de febrero con el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Foto: AFP.El Gobierno se reunirá el 15 de febrero con el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Foto: AFP.

El salario mínimo, que permanece estancado desde diciembre, se ubica en los 156.000 pesos. Durante 2023, tuvo un incremento del 151,8 por ciento frente a una inflación del 211,4 por ciento. Por lo tanto, hubo una pérdida del 19 por ciento.

La Comisión de SMVM reúne a sindicalistas de la CGT y CTA y representantes empresarios como UIA. Constituye una suerte de paritaria nacional que puede marcar los porcentajes de aumentos salariales que estarían dispuestos a acordar sindicatos y empleadores para el conjunto de las actividades.

En qué influye el Salario Mínimo, Vital y Móvil

El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.

También impacta en la exención del impuesto a las Ganancias para los trabajadores que ganan menos de 15 SMVM (hoy $ 2.340.000)

Al mismo tiempo, influye en la cuota de inembargabilidad de los salarios que equivale hasta el monto del salario mínimo, salvo por deudas alimentarias. A partir de ese valor, se aplica un porcentaje creciente sobre la diferencia entre el salario percibido y el SMVM.

Además, ajusta la jubilación mínima de los que se jubilaron con 30 años o más de aportes sin acudir a las moratorias. En esos casos debe equivaler al 82% del SMVM.

A su vez, la Prestación por desempleo no puede ser inferior al 50% ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, según la antigüedad del empleado en la empresa en la que fue despedido sin justa causa.

ES

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