La distribución de bancas en la Cámara de Diputados de Argentina genera una desigualdad en el peso del voto entre distritos, en contra de lo establecido por la Constitución Nacional. El problema combina un piso mínimo de cinco diputados por provincia y la falta de actualización según los censos.
Los sistemas electorales utilizados para elegir asambleas populares pueden presentar dos problemas principales que distorsionan la representación: el gerrymandering y el malapportionment.
El gerrymandering consiste en diseñar o modificar distritos electorales de manera arbitraria para tergiversar las preferencias ciudadanas. Su nombre proviene de una reforma de 1812 del gobernador de Massachusetts, Elbridge Gerry, y no resulta relevante en Argentina, ya que los distritos electorales para diputados nacionales son las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con límites fijos.
El malapportionment, en cambio, se refiere a la distribución desigual de escaños entre distritos en relación con su población. En Argentina, este fenómeno afecta el sistema electoral y contradice el artículo 45 de la Constitución Nacional, que establece un diputado por cada 33.000 habitantes o fracción no inferior a 16.500.
La Ley 22.847, sancionada durante la última dictadura militar y aún vigente, fijó un mínimo de cinco diputados por distrito. Además, la representación no se ha actualizado según los censos posteriores.
Por ejemplo, la Provincia de Buenos Aires elige 70 diputados para una población de aproximadamente 17,5 millones de habitantes (cerca de 250.000 por diputado), mientras que Tierra del Fuego, con unos 186.000 habitantes, elige cinco (unos 37.000 por diputado). En términos representativos, el voto de un fueguino equivale a aproximadamente 6,7 veces el de un bonaerense.
Córdoba, con 3,84 millones de habitantes según el último censo, elige 18 diputados, mientras que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con 3,12 millones, elige 25. El peso representativo de un habitante de CABA es aproximadamente el doble que el de un bonaerense y superior al de un cordobés.
El sistema bicameral argentino establece dos principios: Diputados es una cámara de representación poblacional, y el Senado introduce el principio territorial con igual número de representantes por provincia. En Diputados se superponen dos fuentes de malapportionment: el piso mínimo de cinco bancas y la falta de actualización según los censos.
Hace veinticinco años, los autores publicaron el libro “El federalismo electoral argentino. Sobrerrepresentación, reforma política y gobierno dividido en la Argentina”, uno de los primeros trabajos sistemáticos sobre este problema. La Cámara Nacional Electoral se ha pronunciado en distintas oportunidades reconociendo el mandato constitucional e instando al Congreso a cumplirlo, pero no se han realizado cambios.
La Justicia ha encomendado al Congreso corregir la situación sin resolverla por sí misma, para no avanzar sobre atribuciones del Poder Legislativo.
Las dos formas directas de solucionar el problema enfrentan dificultades: quitar bancas a provincias sobrerrepresentadas (lo que requiere el voto de los legisladores de esas provincias) o aumentar el número total de bancas. Si se tomara como base a Tierra del Fuego, la Cámara debería tener alrededor de 1.236 miembros.
Una opción intermedia sería aumentar la Cámara de 257 a unos 350 o 400 miembros, asignando las nuevas bancas a las provincias subrepresentadas y garantizando que ninguna pierda las actuales. Sin embargo, el costo político de impulsar este cambio parece poco realista en las circunstancias actuales.
El problema existe y debería solucionarse, pero su resolución requiere acuerdos y consensos que, según los autores, hoy están lejos de alcanzarse.