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EE.UU. establece nuevo estándar legal para evaluar solicitudes de asilo de venezolanos

La Junta de Apelaciones de Inmigración de EE.UU. emitió un fallo que modifica los criterios para evaluar las solicitudes de asilo de ciudadanos venezolanos, estableciendo que los jueces deben analizar si los actores de persecución continúan activos bajo el actual gobierno interino.

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos estableció un nuevo estándar legal para evaluar las solicitudes de asilo de ciudadanos venezolanos. El fallo, identificado como Matter of A-E-V-M- (30 I&N Dec. 20), fue emitido el pasado 4 de septiembre.

El tribunal administrativo determinó que la remoción de Nicolás Maduro, ocurrida el 3 de enero, y la transferencia de la autoridad ejecutiva a un gobierno interino constituyen un cambio en las condiciones de Venezuela en el marco de las solicitudes de asilo. Según el fallo, los jueces de inmigración deben analizar si las organizaciones o personas a las que el solicitante teme siguen activas y si mantienen el interés de perseguirlo bajo el panorama político actual.

El escrito señala: “Reconocemos que un cambio de liderazgo nacional no elimina un temor fundado de persecución. Sin embargo, cuando el miedo a la persecución surge de la oposición al gobierno encabezado por esa persona, la destitución del líder nacional y la transferencia de la autoridad ejecutiva alteran las circunstancias en las que debe evaluarse dicho pavor”.

La normativa ordena realizar un análisis minucioso para determinar si los actores o fuerzas de seguridad a los que teme el solicitante siguen presentes. También solicita a los jueces tomar en cuenta la influencia y las acciones entre el gobierno estadounidense y la nueva organización política en Venezuela, incluyendo hechos como la restauración de relaciones diplomáticas bilaterales con la reapertura de la Embajada de EE.UU. en Caracas el 30 de marzo.

El fallo destaca: “Tomamos nota administrativa de que, con posterioridad a la decisión del juez de inmigración, existen más pruebas de cooperación continua y progreso hacia la reforma basada en el plan de tres partes de Estados Unidos para promover la estabilización, la recuperación económica y la transición democrática en Venezuela”.

El tribunal enfatiza que la existencia de un cambio de condiciones en el país de origen no soluciona de manera automática la extemporalidad de una solicitud. Para calificar bajo la excepción de “circunstancias cambiadas”, el solicitante debe probar que la salida de Nicolás Maduro afecta de forma directa y material su elegibilidad, y que presentó la solicitud de asilo en un periodo de tiempo razonable tras el cambio de condiciones.

Si se concluye que la solicitud de asilo es extemporánea y no reúne los requisitos para una excepción legal, el juez de inmigración tiene la obligación de evaluar de forma independiente si el solicitante califica para otros alivios de protección frente a la deportación que no están condicionados al plazo de un año, tales como la Retención de Expulsión o la protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT).

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