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Autónomos: la AFIP fijó las fechas de vencimiento para el pago de los aportes diferidos en septiembre 2023

La AFIP fijó hasta el 14 de marzo y entre el 5 y el 9 de abril el pago de los aportes a la Seguridad Social de los autónomos por los meses que fueron prorrogados en septiembre del año pasado.

A través de la Resolución 5488/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP explica que hubo una prórroga del vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos correspondientes a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y también dificultades para cumplir en tiempo y forma con el ingreso de la obligación de pago del aporte personal del período enero de 2024.

En consecuencia, la Resolución sostiene que “resulta necesario establecer las modalidades de pago de los aportes personales de los trabajadores autónomos correspondientes a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y prorrogar el vencimiento de las obligaciones correspondientes a los períodos septiembre y octubre de 2023, a la vez que se estima razonable disponer una nueva fecha hasta la cual se considerará cumplido en término el ingreso del aporte personal de los trabajadores autónomos correspondiente al período enero de 2024”.

Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, le dijo a Clarín que “la obligación correspondiente al régimen de autónomos se cancela a los valores vigentes al momento del pago, pero tras las gestiones del Consejo, por excepción en esta oportunidad los periodos diferidos se cancelaran a los valores vigentes al momento del vencimiento original

Las nuevas fechas son:

  • Septiembre y octubre de 2023: hasta el 14 de marzo de 2024, inclusive. Se toman los valores vigentes en esos meses.
  • Noviembre y diciembre 2023: se mantiene la Resolución de 2023 que estableció los vencimientos entre 5 y el 9 abril, según la terminación del CUIT, según Fernando López Chiesa, del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados.
  • Beneficio de acreditación anual en 2023 de hasta un aporte mensual cuando los autónomos hubieran abonado los aportes personales de al menos ocho (8) períodos mensuales.
  • Devengado enero de 2024, se considerará cumplida en término siempre que se haya efectivizado hasta el 14 de marzo de 2024. Si bien ese mes no hubo diferimiento, «en muchos casos no se produjeron los débitos automáticos, por lo que se otorga el plazo de su pago sin recargo también hasta el 14 de marzo», explicó Russo.
  • Beneficio de acreditación anual de hasta un aporte mensual cuando los trabajadores autónomos hubieran abonado los aportes personales de al menos once períodos mensuales.

Los aportes de los autónomos – unos 450.000 –se ajustan cada tres meses por el porcentaje de la movilidad previsional.

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