Un fallo judicial resolvió que la demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera contra artículos de la nueva ley debe ser tratada por la justicia federal, desplazando al fuero laboral.
La jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal. La decisión aparta al juez Raúl Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63, quien había suspendido la vigencia de 82 artículos de la ley de reforma laboral a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT).
El fallo establece que debe ser la justicia federal la que trate la acción de la CGT, desplazando así a los tribunales laborales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La CGT solicitó que se declare la inconstitucionalidad de artículos de la Ley N°27.802 que, según su perspectiva, afectan derechos individuales y colectivos de los trabajadores reconocidos en la Constitución Nacional.
El pedido del sindicato hacía hincapié en la presunta vulneración de principios como la progresividad, la libertad sindical, la no discriminación, la tutela judicial efectiva y el debido proceso. A partir de este fallo, la competencia para analizar la demanda de la CGT contra el Estado Nacional sobre la ley de reforma laboral pasó a ser exclusiva del fuero Contencioso Administrativo Federal.
La situación encomienda al juzgado de Ojeda a remitir el expediente. De no seguirse el debido proceso, entraría en escena la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.