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Un juez de La Pampa rechazó frenar la Ley de Glaciares y la norma sigue vigente

El juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, desestimó el pedido de suspensión inmediata de la reforma de la Ley de Glaciares, impulsada por el Gobierno nacional. La decisión mantiene la norma en vigor, aunque deja abierta la discusión sobre su constitucionalidad.

La reforma de la Ley de Glaciares continuará aplicándose, al menos por ahora. Así lo determinó el juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, quien rechazó este viernes el pedido para suspender de manera urgente la nueva norma impulsada por el Gobierno nacional.

La Procuración del Tesoro de la Nación celebró el fallo, pero omitió un detalle clave: el magistrado habilitó el avance del amparo ambiental colectivo presentado por la provincia de La Pampa, organizaciones ambientalistas y la Universidad Nacional de La Pampa. Esto deja un panorama abierto para todas las partes involucradas.

La demanda fue presentada por el gobernador pampeano Sergio Ziliotto y cuestiona que la reforma reduce las zonas protegidas, flexibiliza los controles ambientales y disminuye la protección sobre glaciares y áreas cercanas fundamentales para las reservas de agua. También advierte que el nuevo esquema otorga mayor margen de decisión a las provincias para definir qué territorios quedan protegidos, lo que podría habilitar actividades extractivas, especialmente mineras, en zonas antes restringidas.

Sin embargo, Baric consideró que no estaban dadas las condiciones para suspender una ley aprobada por el Congreso. En su fallo sostuvo que los actores no acreditaron un daño concreto e inminente y que la impugnación fue realizada “en abstracto”, sin identificar proyectos específicos o glaciares afectados. El magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema y recordó que “ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma”.

De todos modos, el juez declaró “formalmente procedente” el amparo ambiental colectivo y ordenó al Estado nacional responder en un plazo de cinco días hábiles. Así, la ley continúa vigente, pero la discusión de fondo sobre su constitucionalidad quedó abierta.

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