El juez federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, rechazó el planteo de Despegar SA para ser excluida de una demanda civil iniciada por un cliente que reclama el reintegro actualizado de pasajes a Tailandia.
El juez federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, rechazó un planteo de Despegar SA. Con esta decisión, la empresa de viajes online continuará como demandada y deberá enfrentar el juicio civil iniciado por un cliente que reclama el reintegro actualizado de sus pasajes a Tailandia.
La causa judicial fue promovida en mayo de 2025 por un viajero contra Despegar, Emirates Sucursal Argentina y OnTheFly SAS. El demandante relató que, con el fin de realizar un viaje de placer con su pareja, contrató a través de la agencia física Onthefly la compra de dos pasajes de la aerolínea Emirates con destino a Tailandia. Debido a las restricciones sanitarias desatadas por la pandemia en 2020, el viaje fue suspendido.
Después de años con sucesivas reprogramaciones frustradas, la agencia le comunicó finalmente al cliente que no podría viajar y le ofreció la devolución del dinero original, pero sin ningún tipo de interés ni actualización por inflación. Al considerar que la propuesta era irrazonable por la severa depreciación de la moneda, y tras fracasar la instancia de mediación obligatoria, el usuario decidió recurrir a la vía judicial para exigir el reintegro de lo abonado, daños punitivos, intereses y costas.
Una plataforma 100% online
Al presentarse en el expediente, el apoderado de Despegar solicitó que la empresa fuera excluida del pleito. Argumentó que su representada no había intervenido en la operación, que era una persona jurídica totalmente independiente de Onthefly y que no había percibido comisión alguna por la venta.
Además, la defensa de Despegar hizo hincapié en que el demandante realizó la compra de manera presencial en una sucursal física ubicada en el Córdoba Shopping Center, aclarando que la multinacional opera exclusivamente de manera virtual y no posee locales de atención al público de ese tipo.
La marca es garantía
Sin embargo, el juez federal Sánchez Freytes descartó los argumentos de la compañía. La clave del rechazo radicó en la documentación aportada por el cliente: en los recibos emitidos por la agencia física Onthefly figuraba de manera visible el logo de Newfly como «agencia afiliada a Despegar».
El magistrado fundamentó que la utilización de la marca de Despegar generó una «apariencia jurídica» unificada frente al consumidor, quien tomó la decisión de compra depositando su confianza en el respaldo y prestigio de ambas firmas. En este sentido, encuadró la relación bajo la figura de «contratos conexos» (artículo 1073 del Código Civil y Comercial), donde múltiples contratos autónomos se hallan vinculados por una finalidad económica común.
Asimismo, el fallo invocó la Ley de Defensa del Consumidor, que establece un régimen de responsabilidad solidaria para todos los miembros de la cadena de comercialización de un servicio. «Frente al consumidor se posicionaron ambas, existiendo al menos una apariencia comercial que llevó al usuario a contratar pensando en un respaldo de ambas empresas», sentenció el juez.