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ANSES extiende por un año el trámite presencial para solicitar la Asignación por Embarazo

La Administración Nacional de la Seguridad Social prorrogó hasta el 2 de julio de 2027 el plazo para gestionar la prestación de forma presencial, debido a demoras en la integración de datos con el Ministerio de Salud.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) extendió por un año el plazo para solicitar la Asignación por Embarazo para Protección Social de forma presencial, mediante la Resolución 194/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La nueva prórroga para que las personas gestantes realicen el trámite de manera presencial en las oficinas del organismo es hasta el 2 de julio de 2027, inclusive. De esta forma, el actual sistema de gestión se amplía por un año más.

La decisión responde a que aún no han concluido las tareas destinadas a optimizar el intercambio de información entre el Ministerio de Salud y la ANSES, que permitan concretar la puesta en marcha integral de la gestión virtual.

Originalmente, la Resolución 1273/2024 establecía un período de transición mientras se integraban las bases de datos, pero al persistir las dificultades técnicas para contar con la información de las personas inscriptas en el Programa Sumar, el organismo decidió mantener el esquema actual para no afectar el acceso al beneficio.

ANSES seguirá recibiendo solicitudes para la Asignación por Embarazo de forma presencial.

¿Quiénes deben realizar el trámite presencial? Aquellas personas gestantes que deseen solicitar la asignación y cuyos datos de inscripción en el Programa Sumar no figuren de manera automática en el sistema de ANSES deberán presentarse en las oficinas del organismo para formalizar el pedido.

La normativa vigente recuerda los puntos clave de esta prestación:

  • Monto y pago: consiste en una prestación monetaria mensual no retributiva. Se abona el 80% del monto mensualmente desde la semana 12 de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo (con un máximo de 9 mensualidades).
  • Pago del 20% retenido: el porcentaje restante se liquida en un solo pago una vez finalizado el embarazo, siempre que se acredite el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento del Programa Sumar y se presente la partida o certificado de nacimiento/defunción correspondiente.
  • Solicitud: debe realizarse a partir de la semana 12 de gestación a través de los medios que determine la ANSES.

Fuente: Agencia NA

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