La nueva normativa elevó los montos mínimos para considerar delito penal tributario, lo que impactó en más de 5.400 expedientes en trámite.
La Ley de Inocencia Fiscal, sancionada a fines de 2024 y vigente desde el 2 de enero de 2025, modificó los umbrales de punibilidad para delitos tributarios. Según el informe de gestión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, elaborado con datos del Ministerio de Economía, de un total de 6.750 causas penales en trámite, 5.445 (el 81%) registraban montos inferiores a los nuevos límites.
La reforma elevó el umbral de evasión simple de 1,5 millones de pesos (congelado desde 2017) a 100 millones de pesos. En evasión agravada pasó de 15 millones a 1.000 millones; en retención indebida de aportes de seguridad social, de 100.000 pesos mensuales a 3,5 millones; y en retención indebida de tributos, de 100.000 a 10 millones mensuales. A partir de enero de 2027, los montos se ajustarán por UVA.
El abogado tributarista Diego Fraga, socio de Expansion Holding, señaló que “el 81% de las causas estaba por debajo del nuevo umbral, lo que significa que durante años el Estado persiguió penalmente a contribuyentes por montos que hoy la ley considera insignificantes”. Agregó que el costo de investigar y litigar supera el monto evadido en la mayoría de esos casos.
Por su parte, Enrique Condorelli, abogado especialista en penal económico y colaborador de MR Consultores, explicó que la Corte Suprema ya se había pronunciado en fallos como “Palero” y “Vidal” sobre la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna. “Esto hace que todas las causas se caigan”, afirmó.
Un caso resonante fue el de Lázaro Báez: el Tribunal Oral Económico N°3 lo sobreseyó parcialmente al aplicar el beneficio de la nueva ley, ya que solo en uno de los períodos fiscales investigados (2010-2014) se superaba el nuevo piso de 100 millones de pesos. Fraga indicó que “las imputaciones tributarias viejas podrían verse beneficiadas, aunque las causas por lavado de dinero continúan su curso”.
La Instrucción General 01/26 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que las causas por debajo de los umbrales no debían ser impulsadas. En muchos casos, los jueces actuaron de oficio o los defensores solicitaron la aplicación de la ley más benigna.