El decreto 467/2026 eliminó el plazo de 15 días para observaciones e impugnaciones a candidatos judiciales, y derogó criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional.
El gobierno nacional derogó, mediante el decreto 467/2026, los mecanismos de participación ciudadana previa a la designación de jueces, fiscales, defensores y ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La medida eliminó el plazo de 15 días durante el cual ciudadanos, universidades, colegios profesionales y organizaciones de la sociedad civil podían formular observaciones o impugnaciones sobre los candidatos antes de que el Poder Ejecutivo elevara los pliegos al Senado.
También se dejó sin efecto la posibilidad de que el Ministerio de Justicia solicitara opiniones especializadas. El Gobierno sostiene que la participación subsiste cuando los pliegos llegan a la Cámara alta. Paralelamente, se derogaron artículos que establecían criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional para ocupar esos cargos.
Pablo Secchi, director ejecutivo de Poder Ciudadano, afirmó: “La participación ciudadana no es un complemento de la democracia: es parte constitutiva de ella. Y, en democracia, a nadie hay que pedirle permiso para ejercerla”.